Los familiares de la Inquisición constituían una milicia laica dentro de dicha organización cuya misión, como veremos más adelante, consistía en escoltar al inquisidor, denunciar a los herejes y proceder a su arresto y custodia. Al ser personal no asalariado, gozaban de otros privilegios sociales e incluso podían llevar armas.
Las diócesis de Teruel y Albarracín dependían de la Inquisición de Valencia y, en el año 1567, había seis familiares en la localidad turolense de Santa Eulalia.
Pierres Vedel cumplía perfectamente las condiciones para ser familiar establecidas por la Concordia de Valencia en 1554 (sexo, edad, estado civil, conducta y reputación social, limpieza de sangre, etc.) y muy bien pudo ocupar una vacante de familiar de la Inquisición en Santa Eulalia, tal como hace referencia el documento de 1608.
Pierres Vedel, familiar de la Inquisición
"... que viviendo y edificando la dicha iglesia de Sancta Olalla el dicho quondan mase Pierres Vedel fue diputado en familiar del sancto oficio de la Inquisición de Valencia en dicho lugar y la misma familiatura y privilegio despues de algunos años le fue confirmado por dicho sancto oficio ..."
Breves notas sobre el arquitecto Pierres Vedel y su familia de Cesar Tomás Laguia - Revista Teruel Nº 20 - pp. 113-119 - I.E.T. - 1958
Delimitación temporal del domicilio de Vedel entre 1552 y 1567
"... el maestro continua viviendo en Teruel, donde desde 1552 hasta 1560 lo hemos hallado incluido, al lado de su familia y de un buen número de ayudantes suyos, en la relación anual de penitentes de San Martín. Fecha, esta última, a partir de la cual tal vez trasladara su residencia a Santa Eulalia con motivo de la construcción de su iglesia parroquial que, según consta en la hermosa cruz terminal del exterior, debió concluirse hacia 1566; y si posteriormente se estableció con su familia en Albarracín, donde falleció el 30 de mayo de 1567 cuando intervenía en la construcción de la iglesia de Santa María, lo cierto es que mantuvo hasta su muerte casa en Santa Eulalia ..."
Nuevas noticias sobre la Catedral de Albarracín y los maestros que en ella intervinieron de Ernesto Arce Oliva - Revista Artigrama Nº 3 - p. 165 - 1986
La Inquisición y su distribución geográfica
La Inquisición toma su nombre de un procedimiento penal específico: la inquisitio, no existente en el derecho romano, que se caracterizaba por la formulación de una acusación por iniciativa directa de la autoridad, sin necesidad de instancias por parte, es decir, de delegaciones o acusaciones de testigos.
En pocas palabras, la Inquisición era un tribunal eclesiástico instituido para la represión de la herejía cuya jurisdicción ejercían delegados apostólicos. Surgió en Europa en el siglo XI y fue introducido en España hacia el siglo XIII, no siendo oficialmente abolido hasta 1834.
Dependientes de la Suprema eran los diferentes tribunales de la Inquisición, que en sus orígenes eran itinerantes, instalándose allí donde fuera necesario para combatir la herejía, pero que más adelante tuvieron sedes fijas. En una primera etapa se establecieron numerosos tribunales, pero a partir de 1495 se manifiesta una tendencia a la concentración.
Para la Corona de Aragón funcionaron cuatro tribunales: Zaragoza y Valencia (1482), Barcelona (1484) y Mallorca (1488). Fernando el Católico implantó la Inquisición Española también en Sicilia (1513) y en Cerdeña.
Así pues, en lo que a Aragón se refiere, la jurisdicción de los inquisidores de Zaragoza comprendía a la totalidad de los territorios del reino de Aragón, excepto las recién erigidas diócesis de Teruel y Albarracín y algunos lugares del arzobispado de Zaragoza (Aliaga, Fortanete, Pitarque, Villarroya de los Pinares, Linares de Mora, Miravete, Puertomingalvo y Castelvispal) y del obispado de Tortosa (Arens de Lledó, Lledó, Cretas y Calaceite), zonas todas ellas dependientes tradicionalmente de la Inquisición de Valencia. Por otra parte, la jurisdicción de los inquisidores de Zaragoza alcanzaba a las localidades del Principado de Cataluña pertenecientes a la diócesis de Lérida.
Estructura de la Inquisición
Los dos principios básicos que regían la Inquisición eran la rígida centralización a través del Inquisidor General y el Consejo de la Suprema, y por otra parte el control directo de la amplísima base territorial a través de los tribunales de distrito. El Inquisidor general era nombrado directamente por el rey y ratificado por el Papa en virtud del regio patronato. El Inquisidor General presidía el Consejo de la Suprema y General Inquisición. Otros cargos relacionados con toda la máquina inquisitorial eran el de procurador fiscal, asesor, consultores, calificadores, secretarios, alguacil, nuncio, alcalde, familiar y médico. El ejercicio de dichos cargos fue de larga duración, normalmente hasta que la muerte de los individuos que los desempeñaban.
Los familiares de la Inquisición
La Inquisición contó con una perfecta organización en la que el componente humano fue esencial. Un elevado número de miembros de dicha organización fueron los familiares del Santo Oficio, que constituían una milicia laica cuya misión consistía en escoltar al inquisidor, denunciar a los herejes y proceder a su arresto.
Dentro de la clásica distinción entre personal asalariado y no asalariado, los familiares se encontrarían en este último grupo (junto a los comisarios, los calificadores o los consultores) aunque disfrutaron de gran cantidad de privilegios.
Evolución de su normativa
En un primer momento se producen los nombramientos de familiares sin ajustarse a normativa o procedimiento alguno y de forma directa por los inquisidores, dependiendo sus privilegios y funciones del territorio al que pertenecen.
En un segundo momento se lleva a cabo un proceso unificador y regulador y entran en vigor sucesivas normativas y disposiciones llamadas concordias. Así, en la Concordia de Valencia de 1554 se regulan de manera condensada y actualizada distintos aspectos relativos a los familiares, siendo los más destacados su número, sus cualidades y la jurisdicción competente.
En lo que a número se refiere, se estableció en 180 el número máximo de familiares en la ciudad de Valencia, y en el resto de las poblaciones: 8 familiares en las de más de 1000 vecinos, 6 en las de más de 500 y 4 en las de menos.
Así, en el Anexo "Relaciones de Familiares", Gonzalo Cerrillo Cruz (“Los familiares de la Inquisición Española, 2000) al citar los familiares de la inquisición valenciana en 1567, según datos hallados en el AHN, dice que el número de familiares de la localidad de Santolalia es de 6. Este dato ubica, por tanto, dicha población en una banda censal de 500 a 1000 vecinos.
Cualidades exigidas para el acceso a la familiatura
Para ser familiar de la Inquisición era necesario cumplir algunas condiciones. ¿Reunía Vedel las cualidades exigidas para el acceso a la familiatura de la inquisición? Aunque fueron variando con el paso del tiempo, podemos citar entre ellas, siguiendo a Cerrillo Cruz en su obra "Los Familiares de la Inquisición Española":
1.- Vacante de número.- Una de las condiciones exigidas para obtener el título de familiar fue la existencia de vacante. Este hecho debió producirse entre 1560 y 1566 en Santa Eulalia, ya que Pierres Vedel tuvo acceso a una plaza de las seis existentes en la localidad.
2.- Sexo.- La regla uniforme fue la necesidad de que los familiares fuesen de sexo masculino.
3.- Edad.- Habitualmente se exigía a los aspirantes tener 25 años de edad a fin de asegurar más acierto en sus acciones. Vedel cumplía con creces este requisito; baste recordar que en 1537 se hallaba ya trabajando en la traída de aguas a la ciudad de Teruel.
4.- Estado civil.- Fue una constante desde los primeros tiempos la condición de casados de los aspirantes. Pierres Vedel llegó ya a Teruel casado con Clara Vizcarret y su matrimonio duró hasta la muerte de Clara en 1567.
5.- Conducta y reputación social.- Distintas normas exigieron con carácter general una conducta personal y social aceptable en los familiares. Es de suponer que Vedel, gran trabajador y padre de familia, se había labrado buena reputación. Recordemos que, desde 1552 hasta 1560, se halla incluido al lado de su familia y ayudantes en la relación de penitentes de San Martín de Teruel y que llegaba para trabajar en la iglesia de la localidad.
6.- Vecindad.- Se exigía que los familiares fuesen vecinos y moradores del lugar para el que fueron nombrados, requisito que también cumplía Vedel pues, como hemos visto, vivió en Santa Eulalia mientras construía la iglesia de la localidad. Después trasladó su domicilio a Albarracín por cuestiones de trabajo y no sabemos si este cambio le haría abandonar el cargo de familiar aunque es de suponer que no, ya que mantuvo la casa de Santa Eulalia hasta su muerte.
7.- Oficios y profesiones.- Aunque inicialmente no se establecieron trabas al acceso a la familiatura a cualquier persona, con el tiempo se impusieron restricciones a ciertos oficios considerados bajos (carniceros, pasteleros, herradores, mercaderes, etc.). No sería éste el caso de Vedel pues, en la época en que ocupaba el cargo de familiar, su renombre como arquitecto y maestro de obras debía ser conocido por la magnitud de los trabajos que ya había realizado: mina de Daroca, traída de aguas a Teruel, refuerzo de la Torre de San Martín, etc.
8.- Nacionalidad.- Desde 1575 se prohibió de forma expresa nombrar familiares a extranjeros, si bien la extranjería fue una circunstancia susceptible de dispensa. En el caso de Vedel, aunque de origen francés, al ocupar el cargo de familiar con anterioridad a esta normativa no debió afectarle para nada la condición de nacionalidad.
9.- Nobleza y patrimonio.- La inquisición de Valencia, más acorde con la aragonesa y en contraposición a la castellana, insistía en que los familiares no fuesen personas poderosas, caballeros y barones. Aunque Vedel ya debía de haber adquirido a su llegada a Santa Eulalia gran fama como constructor y maestro de obras, no descendía de familia poderosa y su situación económica no debía de ser muy sobresaliente. Carlos Luis de la Vega y Luque (“Inventario de los bienes de Quinto Pierres Vedel, 1974) dice: "Aquí tenemos el inventario de los bienes de Vedel en su casa de Santa Eulalia. Unos bienes que inevitablemente producen una sensación de pobreza".
10.- Limpieza de sangre.- Este requisito no fue una exigencia exclusiva para los familiares sino general para los distintos cargos. A los familiares se les empezó a exigir la limpieza en 1545, si bien no fue una de las mayores preocupaciones en los primeros tiempos. La vida de Vedel se desarrolló siempre dentro del seno de la Iglesia, lo que hace patente la llamada "limpieza de sangre". Así se recoge en un proceso incoado en 1608 para demostrar algunas cuestiones referentes a la vida y obra de Vedel por parte de uno de sus hijos donde podemos leer en diferentes partes del mismo: "... fue contraido matrimonio en faz de la sancta madre iglesia ...", "... los quales recibieron los sacramentos de la sancta madre iglesia, confesando y comulgando ...", haciendo referencia siempre a Vedel y su mujer. También su devoción religiosa se hace patente en el inventario de los bienes de la casa de Santa Eulalia donde, a su muerte, se hallaron varios libros de temática religiosa.
Obtención y pérdida de familiaturas
Cómo obtuvo Vedel la condición de familiar de la Inquisición es una cuestión que no aclaran los documentos hasta de ahora citados, pero cabe suponer que lo haría siguiendo el trámite y el procedimiento que dictaban las normas vigentes en aquel momento en la institución. Sí que hay una referencia a la confirmación posterior, "después de algunos años", por parte de la Inquisición de esa condición de familiar y los privilegios que ella otorgaba.
El procedimiento para la obtención de la condición de familiar tenía tres fases:
- Iniciación.- El procedimiento comenzaba con la solicitud del aspirante que debía acudir a pedirlo al tribunal con la finalidad de asegurar su limpieza. También se exigía que junto a la solicitud se aportaran documentos acreditativos de vacante, vecindad, oficio, edad, estado civil y genealogía del aspirante. Seguidamente se dictaban las consultas y si resultaban favorables el tribunal dictaba un auto admitiendo al pretendiente a pruebas. Esta forma de proceder refleja la afirmado al inicio de estas reflexiones: Vedel necesitó de una confirmación posterior por parte de la Inquisición de su condición de familiar: "... fue diputado en familiar del sancto oficio de la Inquisición de Valencia en dicho lugar y la misma familiatura y privilegio despues de algunos años le fue confirmado por dicho sancto oficio ..."
- Tramitación.- El comisario comprobaba las informaciones recibidas y las remitía al fiscal junto al resto de la documentación. Éste redactaba el informe final y, si era favorable, el inquisidor concedía la familiatura.
- Conclusión.- Finalmente se procedía a la entrega del título que debían firmar los inquisidores y refrendar un notario.
Privilegios de los familiares
Cabe preguntarse ahora qué privilegios tenía Vedel, al igual que cualquier familiar de la Inquisición de Valencia, por el desempeño de sus funciones si no obtenían remuneración económica. Pueden establecerse en cuatro apartados:
- Privilegios jurisdiccionales.- Se garantizaba libertad e independencia para no estar sometidos a los mismos magistrados contra los que en su caso tuvieran que actuar. Estaban exentos como demandados en causas criminales y en causas civiles, con las excepciones que la Concordia de Valencia estipulaba.
- Privilegios económicos.- Tenían exención de hospedaje y se les reconocía el privilegio de no alojar en su casa huéspedes y soldados. Aunque al principio tenían exención de cargas económicas, la Concordia de Valencia anuló este privilegio en 1554, por lo que Vedel debió disfrutar muy poco tiempo de él.
- Privilegios militares.- En determinados ocasiones y lugares, los familiares estaban exentos de sus deberes militares, pero éste es un privilegio que no disfrutó Vedel debido a lo avanzado de su edad y al período de relativa calma que vivió en Santa Eulalia.
- Privilegios sociales.- Tenían los familiares acceso a cargos públicos de interés social y económico y preferencia para cargos de influencia y, en determinadas zonas, estaban exentos de realizar cargos onerosos como mayordomos, guardas, etc. Tenían lugares preferentes en iglesias y actos públicos y podían acceder más fácilmente a otros cargos inquisitoriales que el resto de la población.
Funciones de los familiares
Los familiares eran auxiliares del poder inquisitorial que tenían las siguientes funciones:
- Protección y acompañamiento de inquisidores, ministros y oficiales de la Inquisición.
- Auxilio al Santo Oficio y a su personal.
- Realizar capturas de acusados ayudando a otros empleados inquisitoriales.
- Guardia de prisioneros, incluso en sus casas si no disponían de cárceles.
- Custodia de puertos y fronteras en el caso de estar domiciliados en poblaciones en las que se hallaran ubicados algunos de ellos.
- Denunciar a las personas que creyeran debían ser juzgadas por el Santo Oficio.
- Otras funciones como las informaciones de limpieza de sangre o la publicación de edictos de fe.
Escudo de la Inquisición
El escudo estaba compuesto por una cruz sobre el globo terráqueo y un brazo con armadura. A ambos lados de la cruz, la espada simboliza el trato a los herejes y la rama de olivo, la reconciliación con los arrepentidos. Rodea el escudo la leyenda «EXURGE DOMINE ET JUDICA CAUSAM TUAM PSALM 73.», frase latina que, traducida al castellano, significa: ‘Levántate, oh Dios, defiende tu causa, PSalmo 73”

